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LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS EN LA CONSTITUCIÓN DE VENEZUELA DE 1999 SUMARIODEDICATORIA PRÓLOGO INTRODUCCIÓN CAPÍTULO
I
CONSTITUCIONALISMO
Y LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS
INDÍGENAS I.
DESARROLLO HISTÓRICO DE LOS DERECHOS INDÍGENAS. 1.
Derecho de los Pueblos. II.
EL ESTADO VENEZOLANO Y LAS NACIONES INDÍGENAS. III.
EL CONSTITUCIONALISMO Y LOS DERECHOS INDIOS. 1.
La experiencia
constitucional en América. 2.
Las constituciones
venezolanas y el tema indígena. 2.1.
La Constitución de 1961. 2.1.1.
El Régimen de Excepción. 3.
Pluralismo cultural en
Venezuela anterior a la Constitución de la República Bolivariana. 4.
Los
logros del movimiento indígena antes de la Constitución de 1999. IV.
EL NUEVO ORDEN CONSTITUCIONAL EN VENEZUELA. 1.
Necesidad de un cambio del
orden Jurídico. 1.1.
El proceso constituyente y
el liderazgo indígena. 2.
Pluralismo
cultural y Estado Plurinacional en la Constitución de 1999. 3.
El capítulo sobre los
Derechos de los pueblos indígenas. CAPÍTULO
II
LOS
DERECHOS ESPECÍFICOS Y VITALES DE I.
EL PUNTO DE PARTIDA: LA VIOLACIÓN DE SUS DERECHOS. II.
¿AUTODETERMINACIÓN, AUTONOMÍA O AUTOGESTIÓN PARA LOS PUEBLOS
INDÍGENAS DE VENEZUELA? 1.
El derecho no reconocido:
la libre determinación de los pueblos indígenas. 2.
La autonomía y/o
autogobierno. 2.1.
Concepto y alcance de este
derecho. 2.2.
La
figura del municipio indígena. 2.3.
La experiencia legislativa
en otros países. 2.3.1.
El caso de las comunidades
de la Costa Atlántica de Nicaragua. 2.3.2.
Los Territorios Indígenas
de Colombia. 2.3.3.
La
autonomía de las Tribus de los Estados Unidos. 2.3.3.1.
Soberanía limitada por el
“Plenary Power” del Congreso. 2.4.
Derecho a la participación
política de los pueblos indígenas. 2.4.1.
Un reconocimiento judicial
y administrativo de este Derecho. 3.
La autogestión y/o
autodesarrollo. 4.
A modo de propuesta previa. III.
DERECHO A LA PROPIEDAD COLECTIVA DE LAS TIERRAS Y LOS RECURSOS
NATURALES. 1.
Antecedentes históricos. 1.1.
Las Leyes de Indias. 1.2.
Los resguardos indígenas. 1.2.1.
Consideración Previa. 2.
Reconocimiento de este
derecho colectivo. 2.1.
Contenido y alcance de este
derecho. 2.1.1.
Propiedad Colectiva de las
Tierras. 2.1.2.
Aprovechamiento de los
Recursos Naturales. 2.1.3.
Protección de las Áreas
de Cultos Indígenas. 3.
La
experiencia legislativa en otros países. 4.
La
Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierras de los Pueblos
Indígenas. 5.
Conclusiones previas a este
capítulo. IV.
PUEBLOS INDÍGENAS, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE. 1.
La constante violación de
este derecho. 2.
Los indígenas y la
“Cumbre de la Tierra”. 2.1.
La declaración de Río
sobre el medio ambiente y el desarrollo. 2.2.
El programa o Agenda 21. 3.
El convenio sobre
diversidad biológica. 4.
Los indígenas y las
A.B.R.A.E. 4.1.
El caso de la Sierra de
Perijá. 4.2.
El caso del Parque Nacional
Canaima. 4.3.
El
caso de la reserva forestal de Imataca. 4.4.
El
caso del tendido eléctrico en el Estado Bolívar. V.
DERECHO A SU PROPIA CULTURA. 1.
Respeto
por sus propias creencias. 1.1.
Libertad religiosa, iglesia
y Estado venezolano. 1.2.
La Ley de Misiones de 1915. 1.2.1.
El “modus vivendi” de
1964. 1.3.
Una nueva forma de
evangelizar. 1.4.
A modo de reflexión crítica. 2.
El uso del derecho
consuetudinario indígena. 2.1.
El pluralismo jurídico
reconocido. 2.2.
La experiencia legislativa
en otros países. 2.3.
Los derechos indígenas y
el Código Orgánico Procesal Penal. 2.3.1.
Conclusiones Preliminares. 2.4.
Las normas penitenciarias y
los indígenas. 3.
El derecho a hablar la
propia lengua. 3.1.
La violencia ejercida sobre
este derecho. 3.2.
La educación intercultural
bilingüe. 3.2.1.
Bases legales de este
sistema. 4.
Derecho al patrimonio
cultural e intelectual. 4.1.
Reconocimiento
internacional de este derecho. 4.2.
Alcance de la Decisión 391
del Pacto Andino. 4.3.
A modo de recomendaciones
previas. CAPÍTULO
III
LOS
PUEBLOS INDÍGENAS Y LA I.
SITUACIÓN ACTUAL DE LA POBLACIÓN INDÍGENA EN VENEZUELA. II.
EL MOVIMIENTO INDÍGENA EN VENEZUELA. 1.
Antecedentes del movimiento
indígena venezolano. 2.
Realidad política actual. 3.
Política indigenista en
Venezuela. 3.1.
Comisión Permanente de
Pueblos Indígenas. 3.2.
La
Dirección de Asuntos Indígenas (D.A.I.). 3.3.
La
Defensoría del Pueblo. 3.4.
El parlamento indígena de
América. 3.5.
El Consejo Nacional de
Fronteras (CONAFRON). 4.
Otra visión del 12 de
Octubre. CAPÍTULO
IV
INTERNACIONALIZACIÓN
DE LOS DERECHOS DE I.
LA LUCHA INTERNACIONAL POR LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS. 1.
Los Convenios de la
Organización Internacional del Trabajo. 1.1.
El Convenio Nº 107. 1.2.
El Convenio Nº 169. 2.
El Sistema de Protección
Universal de Naciones Unidas. 3.
El Sistema de Protección
Interamericano de Derechos Humanos. 3.1.
Protección Interamericana
de los Derechos Indígenas. 3.1.1.
La
Comisión Interamericana y el tema indígena. 3.1.2.
La
Corte Interamericana y los indígenas. 3.1.3.
El caso de la masacre de
los Yanomami de Haximú de Venezuela. 4.
El tema sobre las minorías
étnicas. 4.1.
¿Pueblos o naciones indígenas? 5.
El enfoque pluricultural de
los Derechos Humanos 6.
A modo de conclusión de
este capítulo. INDICE
DE MATERIAS. REFERENCIAS
BIBLIOGRÁFICAS. INTRODUCCIÓNEl
reconocimiento formal y expreso de un capítulo que consagra los
derechos de nuestros Pueblos Indígenas en la nueva Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela[1],
constituye sin lugar a dudas el mayor logro político y social del
movimiento indígena venezolano, el cual demostró una clara ideología
de su propio accionar histórico cultural en la lucha por sus derechos propios y vitales, y cuyo objetivo principal es la construcción de
una Nación Plurinacional
en cada uno de los territorios donde se encuentran asentados. Al
principio de los años ochenta, muchos países latinoamericanos se
hicieron por primera vez democráticos. Estas naciones han pasado las últimas
décadas cambiando constituciones, redefiniendo el rol del Estado y
consolidando nuevas instituciones democráticas. Como este proceso
ocurrió, los 40 millones de indígenas de este hemisferio
experimentaron un renacimiento cultural, un despertar político que hizo
preguntar sobre la legitimación de los nuevos estados-nación democráticos[2]. Por
otra parte, reconocidos dirigentes de diversas culturas indígenas del
hemisferio se han organizado en redes políticas sofisticadas y están
luchando para mejorar sus condiciones de vida y extender su participación
en las decisiones gubernamentales que afecten su desarrollo. Así lo
demostró en 1994 el movimiento insurgente indígena de Chiapas (México),
que se organizó como un ejército denominado Frente Zapatista por la
Liberación Nacional (F.Z.L.N.), y el cual presentó un pliego de
peticiones al gobierno del entonces Presidente Salinas de Gortari, entre
las cuales figuraban la solución al problema agrario por el acceso a
las tierras, el autogobierno y el mejoramiento de la infraestructura de
las comunidades indígenas. Todo ello como reacción a la política
neoliberal que se deseaba imponer a través del Tratado de Libre
Comercio y que apostaba por la integración del país azteca “...
al circuito productor y consumidor de la economía norteamericana”[3],
sin tomar en cuenta los derechos de los diez millones de indígenas
diseminados en los diversos estados de la Unión. Después de las
tensiones del 22 de diciembre de 1997 como consecuencia de la muerte de
45 indigenas mayas de la población de Acteal por parte de grupos
paramilitares, el presidente mexicano Ernesto Zedillo firmó un Pacto de
Desarrollo en Chiapas, sobre la base de una verdadera justicia social
que pretende garantizar las demandas específicas de estos pueblos[4]. Otro
reto trascendente lo constituyó la lucha por la autonomía
de los pueblos mayas en Guatemala, quienes se incorporaron a la
guerrilla guatemalteca en la década de los ochenta y lograron en el
periodo 1995-96 el “Acuerdo
sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas”, el cual les
garantizó formalmente el derecho a sus tierras, el uso de la lengua en
las zonas mayahablantes, el uso del traja y el respeto de sus costumbres
milenarias y el respeto de su derecho consuetudinario por encima del
derecho positiva nacional[5].
De allí que los gobiernos latinoamericanos ven al movimiento indígena
como un problema más para sus economías estancadas, quienes además
tienen que responder a las demandas de las otras organizaciones sociales
ya establecidas, como lo son las fuerzas militares, la Iglesia, los
partidos políticos y otros. En
este orden de ideas podemos referir que la Asamblea General de las
Naciones Unidas, por Resolución Nº 48/163 de fecha 18-02-94, proclamó
el Decenio Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo, el cual
constituirá el espacio apropiado para desarrollar las acciones básicas
que, tanto en el plano nacional como en el internacional, se requieran
para crear las condiciones necesarias para avanzar hacia el
establecimiento de un nuevo orden
de relaciones entre los pueblos indígenas y los distintos Gobiernos. Con
la consagración del Capítulo sobre pueblos indígenas en la Constitución
de 1999 no se pretende la creación de un Estado paralelo al actual
Estado Federal Venezolano, ni mucho menos la separación de los demás
pueblos. Por el contrario, se plantea la “unidad
en la diversidad”, exigiendo que se les reconozcan sus derechos
específicos como naciones
distintas y que han sido “olvidados” deliberadamente por quienes
han detentado el poder económico y político de éste país. El nuevo
indigenismo lucha por la supervivencia de las culturas indias, sobre la
base de un interculturalismo
que incluye a los grupos aborígenes dentro del proceso histórico de la
humanidad e intenta un cambio para que las mayorías nacionales asuman
la problemática indígena como algo íntimamente suyo, de su propia
realidad e identidad, pues para la concepción clásica del Estado-Nación,
la diversidad étnica o cultural se considera un peligro o amenaza. Por
estas razones, este libro pretende determinar cuáles han sido las
demandas concretas de nuestros pueblos originarios, mediante el análisis
del discurso de los dirigentes indígenas en los distintos foros
nacionales e internacionales, la doctrina internacional en esta materia
y la experiencia reformista constitucional de otros países americanos,
para enmarcarlos dentro del Capítulo del nuevo texto constitucional
denominado Derechos de los Pueblos Indígenas, de una manera amplia y
coherente, desde una política indigenista adecuada, que sea capaz de
garantizar los derechos colectivos
específicos y los espacios
vitales de los pueblos indígenas. En
este sentido, a partir del Capítulo II de este trabajo se desarrollan
los derechos específicos de nuestros pueblos indios, partiendo del
derecho a la autonomía, como
una manifestación propia del derecho a la libre
determinación de los pueblos indígenas dentro del Estado,
resaltando además el derecho a la participación
política y social de las
distintas comunidades indígenas en las decisiones gubernamentales que
puedan afectar sus intereses, tal como fuera reconocido por nuestro más
Alto Tribunal de Justicia. De igual modo parece imprescindible resaltar
que las formas de autoridad india y los modelos de gestión comunitaria
sean reconocidas y respetadas por la administración política regional
y nacional. Otra demanda específica lo constituye el derecho a la propiedad
colectiva de la tierra y los recursos naturales, donde se incluye el
derecho a un medio ambiente compatible con su especificidad cultural y
sus formas de vida. Por último, se analiza el derecho a la propia
cultura, que implica –entre otras cosas- el respeto a sus propias
creencias y cosmovisión, el derecho a una educación intercultural que
garantice su lengua nativa y el uso de sus normas consuetudinarias para
resolver sus conflictos. Todo ello contribuirá a mejorar la calidad de
vida de nuestros pueblos indígenas, impidiendo la absorción de sus
culturas ancestrales, que a su vez enriquecerá la diversidad
cultural requerida por la sociedad venezolana. En
cuanto a la metodología utilizada es básicamente descriptiva,
aunque la naturaleza del trabajo me obligó a partir desde una
perspectiva multidisciplinaria,
pues se emplean argumentos antropológicos, sociológicos, históricos y
jurídicos. También se utilizó la técnica de la entrevista,
dirigida a los líderes indígenas y demás operadores oficiales y no
gubernamentales involucrados en la política indigenista venezolana. Por
supuesto, seremos analíticos al momento de confrontar los conceptos y
definiciones expresados con la positivación y no positivación de los
derechos humanos estudiados. Por último debo señalar que por lo
extenso de la investigación, se trató de puntualizar algunas
conclusiones relacionadas con el contenido al final de cada capítulo,
para así facilitar la comprehensión global del tema. [1] Publicada en Gaceta Oficial Nº 36.860, de fecha 30 de Diciembre de 1999. [2]
Donna Lee Van Cott. Indigenous
Peoples and Democracy in [3] Diario Panorama, del 8 de febrero de 1998: 4-1. [4] Diario La Columna, del 29 de abril de 1998: p. 9. [5] Andrew Gray. “Los Pueblos Indígenas en las Naciones Unidas”. En El Mundo Indígena 1995-96. Copenhague, Naciones Unidas. 1996: p. 73. ------------------------------------------------------------------------------------ Dirección de esta página: http://alertanet.org/rcolmenares3.htm Nota: Los derechos de autor pertenecen al mismo. Documento enviado por su autor para su reproducción por Alertanet. Puesto en línea: Octubre 2003. Info webmaster: editora@alertanet.org
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